i.- sobre azulejos peña s.a
Somos una empresa fundada a finales de los años 50 cuya actividad es la comercialización y distribución de productos cerámicos de recubrimientos, productos para su instalación, sanitarios, griferías y complementos de baño y cocina.
i.- sistema de prevención y detección de riesgos penales
La comisión por cualquiera de las partes contratantes y/o cualquiera de las personas físicas integrantes o dependientes de las mismas, de alguna de las conductas tipificadas como delito en el Código Penal de conformidad con el artículo 31 bis del Código Penal, pueden implicar la responsabilidad penal de la Persona Jurídica.
Así pues, Azulejos Peña supervisará a través de las herramientas habilitadas y disponibles la relación con las personas, entidades u organizaciones con las que mantenga relaciones de negocio para prevenir o evitar que se cometa cualquier conducta ilícita.
iii.- valores y conductas exigibles para nuestros clientes y proveedores
La relación con Azulejos Peña debe desarrollarse en un entorno de confianza gracias a la transparencia en nuestras relaciones comerciales, el desarrollo de los adecuados canales de comunicación, el compromiso con sus necesidades y la ética e integridad profesional, basados en los siguientes principios o comportamientos ético-corporativos:
1.- Protección de los datos de carácter personal. Se debe aplicar la legislación vigente aplicable de Protección de Datos y mantener la confidencialidad de los datos de carácter personal a los que se haya podido acceder por razón de la relación comercial o contrato, incluso después de que haya finalizado la misma. Implantar las medidas de seguridad adecuadas para proteger los datos confidenciales o de carácter personal propio y de terceros es un requisito previo para mantener cualquier relación comercial.
2.- Honestidad. La relación comercial debe realizarse con claridad, objetividad, seriedad y honestidad y no podemos consentir que se lleven a cabo conductas ilegales, contrarias a la ética o fraudulentas. Exigimos a nuestros clientes y proveedores la misma diligencia debida a su actividad profesional.
3.- Política de anticorrupción y soborno. No aceptamos corrupción alguna, soborno o tráfico de influencias para llevar a cabo nuestra relación comercial, procedentes tanto de la administración pública como del ámbito privado. Se entenderá como soborno cualquier beneficio ofrecido o pagado para influir en la decisión o conducta de cualquier persona con el fin de obtener o mantener negocios o asegurar alguna venta no justificada como una licencia, permiso, rebaja del impuesto, exención de pagos o resolución favorable administrativa o judicial.
4.- Prevención de riesgos laborales. Instamos a cumplir escrupulosamente la legislación vigente y aplicable en materia de prevención de riesgos laborales en favor de los trabajadores (estamos certificados por la norma ISO 45.001 – Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo).
5.- Transparencia en los datos financieros y contables. La información económica-financiera de una organización empresarial reflejará fielmente su realidad económica, financiera y patrimonial, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera que sean aplicables.
6.- Prevención contra el blanqueo de capitales e irregularidad en los pagos. La conducta a prevenir es aquella en la que un individuo, con ánimo de lucro y conocimiento de la comisión de un delito, adquiera, posea o convierta bienes de origen ilícito con intención de eludir las consecuencias ilegales que del delito original se dimanen.
No se mantendrán relaciones comerciales con aquel del que tengamos indicios relevantes de comisión de este tipo de delitos ya sea por su no identificación, falseamiento de sus cuentas al objeto de justificar el origen ilícito de cantidades de dinero o por percibir dinero sin identificar procedente de actividades ilegales y opacas.
Así pues, no aceptaremos los pagos en efectivo en las operaciones por importe igual o superior a 2.500€ para residentes fiscales en España o 15.000€ para extranjeros, o los límites legalmente establecidos en cada momento.
7.- Obligaciones tributarias. Evitamos todas las prácticas económicas que supongan la ilícita elusión de pago de tributos en perjuicio de la Hacienda Pública y de la Seguridad Social competente.
8.- El “secreto de empresa”. Se debe garantizar, proteger y mantener confidencial el secreto profesional “Know-How” o “Saber-Cómo” de empresa y/o terceros a los que se tenga acceso por cualquier razón que sea.
El deber de secreto le obliga a:
a.- No revelar a ninguna persona ajena a su empresa o a la nuestra, sin el consentimiento debido, información a la que hubiera tenido acceso en el desarrollo de sus funciones, excepto si ha sido solicitada por imperativo legal.
b.- Cumplir dichas condiciones ya expresadas incluso cuando la relación profesional con nuestra empresa haya finalizado, por cualquier causa.
c.- El artículo 197 del Código Penal resguarda la revelación de secretos por parte de cualquier persona que maneje datos de carácter personal. La conducta que se tipifica en este artículo es el apoderamiento por parte de un individuo de un secreto o revelación de intimidad, de una carta, de papeles, mensajes electrónicos sin contar con el consentimiento del afectado.
9.- Compromiso y respeto con los derechos de propiedad intelectual e industrial. Se deberá respetar la propiedad intelectual e industrial que corresponde a toda la información, documentación, ideas, conceptos, proyectos, servicios, programas, tecnología, marca, equipos, software, programas informáticos, know-how de nuestra entidad o la de terceros.
10.- Compromiso y respeto con el medio ambiente. Aseguramos una actitud responsable con el medioambiente y cumplimos todas las disposiciones vigentes aplicables (estamos certificados por la norma ISO 14.001 – Sistema de Gestión Medioambiental). Por ello se debe evitar cometer cualquier acto ilegal que degrade el medioambiente.
iv.- compromiso del que se obliga con el presente código
El destinatario de este código debe:
1.- Respetar y velar por el cumplimiento de los principios establecidos por la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Si se detecta que el destinatario no respeta el presente Código ético, nuestra compañía podrá proponerle el tomar medidas correctivas para normalizar la anomalía o bien podrá suspender la relación contractual con el proveedor, en el caso de que habiéndose propuesto la adopción de medidas correctivas, éste no las haya aplicado.
2.- Comprometerse a comunicar cualquier acto o conducta que pudieran resultar contrarios al código o a la normativa general o sectorial que le fuera aplicable a la atención del Compliance Officer utilizando los siguientes medios: por correo electrónico a la dirección notificaciones@azulejospena.es o por medio de correo postal a la dirección Avenida de Madrid, 82 – 28500 Arganda del Rey.
v.- confidencialidad y protección de datos personales
Azulejos Peña adoptará las medidas necesarias para preservar la identidad y garantizar la confidencialidad y el anonimato de los datos correspondientes a la persona que hubiera puesto los hechos en conocimiento.
Los datos se conservarán en nuestro sistema únicamente durante el tiempo imprescindible para la averiguación de los hechos denunciados. En todo caso, transcurridos tres meses desde la introducción de sus datos de carácter personal, nuestra compañía procederá a su supresión del sistema. Si fuera necesaria su conservación para continuar la investigación, nuestra compañía podrá seguir tratando sus datos en un entorno distinto según corresponda legalmente.
Azulejos Peña garantizará la confidencialidad de todos los datos y antecedentes manejados y de las actuaciones llevadas a cabo, salvo que por ley o requerimiento judicial proceda a la remisión de información.
En Arganda del Rey, 2 de Diciembre de 2019